Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía valora muy positivamente que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación haya dado luz verde a la tramitación de la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026/2027, en aplicación del artículo 167 bis del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 y del Real Decreto 84/2021, de 9 de febrero.
La federación ha trabajado intensamente en lograr esta medida y considera que esta decisión supone un paso decisivo para que el sector oleícola disponga, desde el comienzo de la próxima campaña, de un mecanismo preventivo con el que hacer frente a eventuales situaciones de sobreoferta. La norma deberá estar aprobada, conforme al calendario previsto, antes del 31 de octubre de 2026 y su aplicación efectiva quedará condicionada a que las estimaciones de producción y disponibilidades evidencien un riesgo real de desequilibrio del mercado.
¿En qué consiste?
El artículo 167 bis permite que los Estados miembros productores establezcan normas de comercialización dirigidas a regular la oferta y mejorar la estabilidad de los mercados oleícolas. Por tanto, posibilita que España, a través del Ministerio de Agricultura y mediante orden ministerial, disponga la retirada temporal de producto o su destino a usos no alimentarios siempre y cuando concurran circunstancias objetivas que lo justifiquen, atenuando la presión sobre los productores al repartir el stock final de campaña de forma equilibrada, ya que todas las almazaras deben almacenar el mismo porcentaje de aceite. Queda pues, por concretar, entre otros aspectos, los operadores elegibles, el porcentaje de producto afectado, la duración de la retirada y los correspondientes mecanismos de control.
El Consejo Sectorial de Aceite de Oliva de Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía viene reclamando la puesta a punto de este instrumento, ante una previsible buena cosecha de aceite de oliva en la próxima campaña que comienza en el mes de octubre.
Las condiciones meteorológicas registradas durante 2026, con abundantes precipitaciones y temperaturas suaves durante buena parte de la primavera, han favorecido la floración y el cuajado del fruto. Aunque las previsiones deberán concretarse en los próximos meses, el propio Ministerio reconoce la posibilidad de que la cosecha 2026/2027 se sitúe significativamente por encima de los niveles medios de las últimas campañas, lo que aconseja disponer con suficiente antelación de la correspondiente norma de comercialización.
El presidente del Consejo Sectorial de Aceite de Oliva de Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía, Cristóbal Gallego, destaca que “no se trata de retirar aceite de manera automática ni de interferir artificialmente en el mercado, sino de disponer de una herramienta de prevención para aquellas campañas en las que las disponibilidades excedan claramente la capacidad de absorción del mercado, como parece que puede ser la siguiente campaña”, explica.
“La retirada temporal permite ordenar la comercialización y evitar que una cosecha elevada se convierta en una crisis de rentabilidad para los agricultores olivareros y, por ende, para las cooperativas oleícolas”, añade.
En este sentido, Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía considera fundamental que, si finalmente se cumplen las condiciones para activar la retirada, la medida se aplique con criterios homogéneos, evitando agravios comparativos y situaciones en las que unos operadores asuman el esfuerzo de regulación mientras otros se benefician de sus efectos.
La federación defenderá que la cantidad correspondiente a cada operador elegible se determine mediante un porcentaje objetivo aplicado sobre su producción y que el aceite pueda permanecer inmovilizado en instalaciones propias o ajenas debidamente controladas. La retirada deberá ser temporal, revisable y estrictamente proporcionada al volumen que el mercado no pueda absorber, garantizando al mismo tiempo el normal abastecimiento y unos precios razonables para los consumidores.
El cooperativismo andaluz recuerda que la aprobación de una norma de comercialización no implica necesariamente que deba ejecutarse la retirada. En la campaña 2025/2026 se aprobó por primera vez una orden reguladora, pero el mecanismo no llegó a aplicarse porque las existencias iniciales y las estimaciones de producción no alcanzaron el umbral establecido. Este precedente demuestra que se trata de una herramienta condicionada a datos.
Agradecimiento al Ministerio
Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía agradece expresamente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que haya sido sensible a las peticiones trasladadas reiteradamente por el Consejo Sectorial de Aceite de Oliva de Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía.
“La apertura de este procedimiento responde a una reivindicación largamente trabajada por las cooperativas oleícolas. Valoramos que el Ministerio haya escuchado al sector y haya actuado con la antelación necesaria para que el mecanismo pueda estar jurídicamente preparado antes del inicio de la campaña”, señala el presidente sectorial de la federación, Cristóbal Gallego.
La posibilidad de elegir categoría contemplada en la norma hace prever que el aceite de oliva lampante sea el más almacenado, ya que presenta una menor pérdida de calidad y valor que los vírgenes y vírgenes extras. Eso puede provocar que, al inicio de la campaña, la disponibilidad de estos aceites sea menor, ya que hasta el mes de diciembre no hay una producción significativa de los mismos.
La federación reitera que el fin de la medida es preservar la estabilidad del mercado, proteger la renta de los olivareros y asegurar la sostenibilidad económica y social de uno de los principales sectores agroalimentarios de Andalucía. Además, la norma protege también al consumidor frente a las fluctuaciones del mercado.


